BASES DE LOS SORTEOS

1. Identificación de la empresa organizadora

Las acciones promocionales están realizadas por: Lúzete Gestión de Franquicias S.L.. Domicilio Fiscal: Avenida Orihuela, 29B 03007, Alicante. CIF: ESB53822326

2. Ámbito De Aplicación

Los concursos y promociones se extenderán a todo el territorio nacional.

* Si el ganador pertenece a Canarias, Ceuta y Melilla, en el caso de “envío gratuito” no se aplicará ya que se harán cargo del impuesto de aduanas correspondiente.

3. Duración

Las fechas de comienzo y finalización estarán detalladas en cada una de las acciones promocionales.

4. Condiciones para participar en el sorteo

Para poder participar en las diferentes acciones promocionales promovidas por se exige ser Lúzete Gestión de Franquicias S.L..  persona física residente en España con mayoría de edad.

No podrán participar: emplead@s de la empresa, familiares de l@s empleados, personas que estén de alguna manera relacionadas con la organización del sorteo, familiares de las personas colaborativas en el sorteo, perfiles fraudulentos, expert@s en concursos… etc.

Las condiciones particulares de participación estarán especificadas en cada promoción. Se deberán cumplir todas las condiciones requeridas para la participación del sorteo.

5. Ganadores

El/la ganador/a se elegirá mediante sorteo aleatorio entre todos los/as participantes que hayan cumplido las condiciones exigidas y se procederá a la resolución del mismo. El/la ganador/a deberá contactar con nosotros a la mayor brevedad posible dándonos su nombre completo, DNI, y dirección postal (Tendrá un plazo de 5 días para ponerse en contacto con nosotros, si no se pone en contacto el/la ganador/a del sorteo procederemos a dar el premio al suplente, dando otro ganador/a, que también tendrá 5 días para ponerse en contacto con nosotros.

Lúzete Gestión de Franquicias S.L.. queda eximida de cualquier responsabilidad en caso de existir algún error en los datos facilitados por los ganadores / suplentes que impida su identificación.

Por otra parte, los ganadores de los sorteos se extraerán a través de sistemas informáticos de selección aleatoria entre todos aquellos que hayan participado conforme a las reglas establecidas.

Los ganadores serán informados en la publicación del sorteo publicación. Si el ganador renuncia al premio acudiremos a los suplentes.

En caso de que el ganador pertenezca a una zona cuyo régimen fiscal sea diferente (Canarias, Ceuta y Melilla) el pago del impuesto de aduanas correspondiente será obligación de dicho ganador.

 

6. Premios

Cada uno de los premios que se otorguen serán descritos en las diferentes acciones promocionales. En caso de ser un premio en especie no podrá canjearse por dinero.

Si el ganador/a quiere cambiar alguna condición del sorteo la decisión final será protestad de Lúzete Gestión de Franquicias S.L.

7. Aceptación Bases y Responsabilidad

La participación en cada una de las acciones promocionales llevadas a cabo por Lúzete Gestión de Franquicias S.L conlleva la aceptación íntegra de estas bases generales y las condiciones particulares que, en su caso, se establezcan en cada promoción.

Cualquier manifestación de no aceptación de la totalidad o parte de las bases legales implica la exclusión del participante y, como consecuencia de ello, Lúzete Gestión de Franquicias S.L quedará liberada del cumplimiento de la obligación contraída con este participante

De la misma forma, Lúzete Gestión de Franquicias S.L se reserva el derecho de excluir a aquellos participantes que vulneren las normas establecidas en las bases o cuyo comportamiento afecte al normal desarrollo de la acción promocional. Así como a descalificar a aquellos que actúen de forma abusiva o fraudulenta.

El ganador exime a Lúzete Gestión de Franquicias S.L de la responsabilidad de cualquier perjuicio que pudiera derivarse del uso del premio otorgado.

Si alguna página o perfil se hace pasar por nosotros, suplantando nuestra identidad Lúzete Gestión de Franquicias S.L queda eximida de cualquier daño producido por esa página o perfil.

8. Fiscalidad

Según lo establecido por la Ley 35/2006 de 28 de noviembre, por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas, y por el Real Decreto Legislativo 4/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, los premios derivados de acciones promocionales están sujetos a tributación.

Corresponderá a Lúzete Gestión de Franquicias S.L la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención pertinente. Dicha retención o ingreso a cuenta no procederá en aquellos premios inferiores a 300 €, que estén sometidos a tributación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Lúzete Gestión de Franquicias S.L no será responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias del ganador.

Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas anteriormente, el ganador deberá firmar un escrito justificativo de la recepción del premio, aportar sus datos fiscales (CIF, NIF o Tarjeta de Residente).

9. Compromiso de confidencialidad:

Los datos personales recogidos en las acciones promocionales se regirán por lo establecido en el apartado Privacidad de nuestra web.

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